Límites excluyentes para 2022: Se mantienen para 2022 los límites actuales:
Que el volumen de ingresos en el año inmediato anterior, no supere cualquiera de los siguientes importes:
250.000 euros para el conjunto de actividades económicas, excepto las agrícolas, forestales y ganaderas.
250.000 euros para el conjunto de actividades agrícolas, forestales y ganaderas.
Cuando el año inmediato anterior se hubiese iniciado una actividad, el volumen de ingresos se elevará al año.
Que el volumen de adquisiciones e importaciones de bienes y servicios en el ejercicio anterior excluidas las adquisiciones de inmovilizado no supere la cantidad de 250.000 euros anuales (IVA excluido). Si se inició la actividad, el volumen de compras se elevará al año. En el supuesto de obras y servicios subcontratados, el importe de los mismos se tendrá en cuenta para el cálculo de este límite.