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Impuesto de Sociedades 2026: lo que tu SL debe presentar antes del 27 de julio

02
Jul, 2026

Julio llega con calor, con las primeras ganas de vacaciones y, para cualquier sociedad, con una cita ineludible con Hacienda. El Modelo 200, la declaración anual del Impuesto sobre Sociedades, tiene que estar presentado antes del 27 de julio de 2026.

En Clemente Rueda llevamos más de 40 años viendo llegar este mes. Y cada año comprobamos lo mismo: las sociedades que llegan a julio con su contabilidad ordenada, revisada y planificada pagan menos y duermen mejor. Las que llegan con prisas, pagan más de lo que les corresponde o cometen errores que luego cuestan tiempo y dinero.

Por eso hemos preparado esta guía. No para asustarte, sino para que llegues a finales de julio con todo en orden y, si todavía no tienes una asesoría de confianza que te acompañe, para que veas lo que puede marcar la diferencia.

Nota importante: el Modelo 200 que se presenta este julio declara los beneficios obtenidos por tu sociedad durante el ejercicio 2025, es decir, lo que tu empresa ganó o perdió entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025. Los tipos de gravamen y las novedades que explicamos en este artículo son los que se aplicaron durante ese ejercicio.

¿Quién debe presentar el Modelo 200?

Todas las entidades con personalidad jurídica residentes en España están obligadas a presentar el Impuesto sobre Sociedades, independientemente de si han obtenido beneficios o no durante el ejercicio. Esto incluye:

  • Sociedades Limitadas (SL) y Sociedades Anónimas (SA).
  • Sociedades unipersonales.
  • Sociedades civiles con objeto mercantil.
  • Cooperativas, asociaciones y fundaciones.
  • Cualquier entidad con personalidad jurídica propia.

Si tienes una SL, aunque en 2025 no hayas ganado ni un euro, tienes que presentar el Modelo 200. Es un error muy habitual pensar que si no hay beneficio no hay obligación. No es así, y el olvido tiene recargos.

Fechas clave: no dejes para el 27 lo que puedes hacer hoy

FechaQué debes hacer
Del 1 al 20 de julio Modelos trimestrales del 2T 2026: 111, 115, 123, 303, 130
Hasta el 22 de julio Modelo 200 con domiciliación bancaria (pago automático en cuenta)
Hasta el 27 de julio Plazo general Modelo 200 — Declaración IS ejercicio 2025

Julio es el mes fiscalmente más intenso del año para una sociedad. Se juntan los modelos del segundo trimestre y la declaración anual del IS del ejercicio 2025. Gestionar todo esto a la vez, sin una asesoría que lo tenga controlado, es donde suelen aparecer los errores.

Fuente oficial: Agencia Tributaria — Plazo de presentación IS 2025

Los tipos del Impuesto sobre Sociedades aplicables al ejercicio 2025

Este es uno de los aspectos más relevantes de la campaña de este año. Desde 2025 se introdujo una reducción progresiva de tipos que beneficia especialmente a las empresas más pequeñas, regulada por la Ley 7/2024. Ya no existe un tipo único para todas las sociedades.

Estos son los tipos aplicables a los beneficios obtenidos en el ejercicio 2025, que se declaran ahora en julio de 2026:

Microempresas — cifra de negocios inferior a 1 millón de euros en 2024

Tramo de base imponible (ejercicio 2025)Tipo aplicable
Primeros 50.000 € 21%
Resto de la base imponible 22%

Pymes — cifra de negocios entre 1 y 10 millones de euros en 2024

Base imponible (ejercicio 2025)Tipo aplicable
Totalidad de la base 24%

Tipo general — cifra de negocios superior a 10 millones de euros en 2024

Base imponible (ejercicio 2025)Tipo aplicable
Totalidad de la base 25%

Empresas de nueva creación

CondiciónTipo aplicable
Primer ejercicio con base imponible positiva y el siguiente 15%

Fuente: Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades, modificada por la Ley 7/2024 — BOE

Esta reducción progresiva continuará en los próximos años. Las pymes pasarán al 23% en el ejercicio 2026, al 22% en 2027, y así hasta llegar al 20% en 2029. Las microempresas seguirán una senda similar. Es una rebaja real y sostenida que conviene tener bien aplicada desde el primer día.

Lo que vemos en consulta con frecuencia es que algunas sociedades presentan el Modelo 200 aplicando el tipo general del 25% cuando en realidad califican como microempresa o pyme y podrían tributar a un tipo inferior. Ese error, muchas veces por desconocimiento, se traduce en dinero pagado de más que Hacienda no devuelve a no ser que se solicite expresamente mediante una declaración rectificativa.

Nota: estos tipos reducidos no se aplican a las sociedades patrimoniales, es decir, aquellas en las que más de la mitad del activo está compuesto por valores o bienes no afectos a una actividad económica real. En esos casos el tipo sigue siendo el general del 25%.

Novedades del Modelo 200 para el ejercicio 2025

Nueva clasificación CNAE 2025

El nuevo Modelo 200 incluye la obligación de declarar la actividad económica con el nuevo código CNAE 2025, sustituyendo al anterior CNAE 2009. Si tu asesoría no ha actualizado este dato, la declaración puede contener un error formal que conviene corregir antes de presentar.

Reserva de capitalización reforzada

Desde el ejercicio 2025, el porcentaje de reducción de la base imponible por reserva de capitalización sube con carácter general al 20% (antes era el 10%). Además, ese porcentaje puede incrementarse si la empresa ha aumentado su plantilla media:

  • Incremento de plantilla entre el 1% y el 5%: reducción del 23%.
  • Incremento de plantilla entre el 5% y el 10%: reducción del 26,5%.
  • Incremento de plantilla superior al 10%: reducción del 30%.

Para micropymes con cifra de negocios inferior a 1 millón de euros, el límite de aplicación sobre la base imponible es del 25%. Es una de las deducciones más interesantes y menos utilizadas por las sociedades pequeñas, y en Clemente Rueda la revisamos en cada declaración.

Libertad de amortización en vehículos eléctricos

Las sociedades que adquirieron vehículos eléctricos, híbridos enchufables o de autonomía extendida que entraron en funcionamiento en 2024 o 2025 pueden aplicar libertad de amortización sobre esa inversión. Es un incentivo relevante para negocios que hayan renovado su flota durante el ejercicio 2025.

Tributación mínima para grandes empresas

Para sociedades con facturación superior a 20 millones de euros o grupos consolidados, se mantiene la tributación mínima efectiva del 15% sobre la base imponible ajustada, independientemente de las deducciones aplicadas.

Lo que suele fallar en julio y cómo evitarlo

Después de muchos años gestionando el Impuesto de Sociedades para empresas de Valladolid, hay errores que vemos repetirse cada julio. No los contamos para dar miedo, sino porque conocerlos de antemano es la mejor forma de evitarlos.

Aplicar el tipo incorrecto

Como hemos explicado, los tipos han cambiado desde el ejercicio 2025. Una sociedad que facturó 800.000 € en 2024 ya no tributa al 25% por sus beneficios de 2025, sino al 21% y 22% por tramos. Si nadie lo ha revisado, estás pagando más de lo que corresponde.

No aplicar la reserva de capitalización

Esta deducción permite reducir la base imponible hasta un 20% si se incrementan los fondos propios de la empresa y se mantienen durante tres años. Es legal, está pensada para premiar a las empresas que retienen beneficios y reinvierten. Y sin embargo, muchas SL no la aplican simplemente porque nadie les ha explicado que existe o que ha mejorado significativamente desde 2025.

Confundir el resultado contable con la base imponible

El Impuesto sobre Sociedades no se calcula directamente sobre el beneficio contable del ejercicio 2025. Hay que realizar ajustes fiscales: gastos no deducibles, amortizaciones, operaciones vinculadas, compensación de bases negativas de años anteriores. Saltarse estos ajustes puede suponer pagar de más o, en el otro extremo, declarar menos de lo que corresponde y enfrentarse a una sanción.

Olvidar los modelos trimestrales del 2T

Julio no es solo el Modelo 200. Los modelos 111, 115, 303 y 130 del segundo trimestre de 2026 vencen el 20 de julio. Es habitual que, con la urgencia del IS, alguno de estos modelos se presente fuera de plazo. El resultado: un recargo automático del 1% por cada mes de retraso.

Dejar la presentación para el último día

Los últimos días de julio la sede electrónica de la AEAT registra picos de saturación. Presentar con margen de 4 o 5 días evita problemas técnicos que luego son muy difíciles de justificar ante Hacienda.

Si estás leyendo esto y todavía no has empezado a preparar el Modelo 200 de tu sociedad, ahora es el momento de llamarnos.
📞 983 39 74 88 | 📧 Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

¿Qué hace exactamente una asesoría cuando gestiona el IS de tu sociedad?

Es una pregunta que nos hacen a menudo y que merece una respuesta honesta, porque no todas las asesorías hacen lo mismo.

En Clemente Rueda, cuando gestionamos el Impuesto de Sociedades de una empresa, el proceso no empieza en julio. Empieza mucho antes.

  • Revisión del cierre contable del ejercicio 2025: nos aseguramos de que la contabilidad refleja fielmente la realidad económica de la empresa y cumple con el Plan General Contable.
  • Ajustes fiscales extracontables: analizamos qué gastos del ejercicio 2025 son deducibles y cuáles no, qué amortizaciones son correctas y qué operaciones necesitan un tratamiento fiscal específico.
  • Clasificación correcta de la empresa: verificamos si aplican tipos reducidos por tamaño según la cifra de negocios de 2024, si la sociedad califica como empresa de nueva creación o si existe alguna circunstancia especial que cambie el tipo de gravamen.
  • Aplicación de incentivos fiscales: reserva de capitalización, reserva de nivelación, deducciones por inversión, compensación de bases negativas de ejercicios anteriores. Todo lo que la normativa permite y que reduce legalmente la factura fiscal.
  • Presentación dentro del plazo: con margen, sin prisas y con toda la documentación en orden.
  • Comunicación clara: te explicamos qué hemos hecho, por qué y cuánto va a pagar o a devolver tu sociedad por el ejercicio 2025, en un lenguaje que entiendas.

Esa diferencia entre una asesoría que simplemente presenta el modelo y una asesoría que lo revisa, lo optimiza y te lo explica, puede suponer varios miles de euros al año en una sociedad mediana.

Preguntas frecuentes sobre el Impuesto de Sociedades ejercicio 2025

¿Qué pasa si no presento el Modelo 200 antes del 27 de julio?

Presentarlo fuera de plazo genera recargos automáticos: un 1% adicional por cada mes completo de retraso, hasta un máximo del 15%, más intereses de demora. Si Hacienda te requiere antes de que presentes, el recargo mínimo sube al 5% y puede llegar al 20%. En cualquier caso, es una sanción completamente evitable con una mínima planificación.

¿Mi SL tiene que presentar el IS aunque haya tenido pérdidas en 2025?

Sí. La obligación de presentar el Modelo 200 no depende del resultado del ejercicio. Si tu sociedad tuvo actividad en 2025, o incluso si no la tuvo pero sigue activa, tienes que presentar la declaración. Además, declarar correctamente las pérdidas de 2025 permite compensarlas con beneficios de ejercicios futuros, lo que puede suponer un ahorro fiscal importante más adelante.

¿Cómo sé si mi sociedad califica como microempresa o pyme a efectos del IS del ejercicio 2025?

La clasificación se determina por la cifra de negocios del ejercicio anterior, es decir, de 2024. Si tu facturación en 2024 fue inferior a 1 millón de euros, eres microempresa en la declaración de 2025. Entre 1 y 10 millones, eres pyme. En ambos casos aplican tipos reducidos respecto al tipo general del 25%. Hay matices importantes, como el caso de las sociedades patrimoniales, que siguen tributando al tipo general. Si tienes dudas sobre tu clasificación, es importante consultarlo antes de presentar.

¿Qué es la reserva de capitalización y por qué ha mejorado en 2025?

Es una reducción de la base imponible que premia a las empresas que no reparten todos sus beneficios sino que los retienen para fortalecer los fondos propios. Desde el ejercicio 2025, el porcentaje de reducción sube al 20% con carácter general, frente al 10% que se aplicaba antes. Además, si la empresa ha aumentado su plantilla, el porcentaje puede llegar hasta el 30%. Es completamente legal, está regulada en la Ley del Impuesto sobre Sociedades y en Clemente Rueda la revisamos en cada declaración.

¿Puedo cambiar de asesoría antes de presentar el Modelo 200 de julio?

Sí, y julio es precisamente uno de los momentos en que más sociedades se plantean ese cambio. Si tu asesoría actual no te ha contactado todavía para preparar la declaración del ejercicio 2025, si no te ha explicado los cambios de tipos de este año o si simplemente sientes que no tienes el acompañamiento que tu empresa necesita, contacta con nosotros. Gestionamos el cambio de forma ordenada y sin que pierdas ningún plazo.

¿Cuánto cuesta que Clemente Rueda gestione el Impuesto de Sociedades de mi empresa?

Depende del tamaño y la complejidad de tu sociedad. La mejor forma de saberlo es hablar con nosotros directamente. Lo que sí podemos decirte es que el coste de una buena asesoría siempre es menor que el de un error fiscal, una sanción o pagar más impuestos de los que corresponden por el ejercicio 2025. Llámanos y te damos una valoración sin compromiso.

El Impuesto sobre Sociedades del ejercicio 2025 trae novedades reales que benefician a las empresas más pequeñas. Tipos más bajos, una reserva de capitalización reforzada, incentivos mejorados que muchas sociedades todavía no conocen. Aprovecharlos o no depende de quién tenga la declaración entre manos.

En Clemente Rueda no nos limitamos a rellenar el Modelo 200. Revisamos la contabilidad del ejercicio 2025, lo optimizamos y te explicamos qué estás pagando y por qué. Porque creemos que una buena asesoría no es la que presenta los impuestos a tiempo, sino la que hace que pagues lo justo.

Si tu sociedad todavía no tiene una asesoría de confianza para este julio, o si quieres una segunda opinión sobre tu situación fiscal, estamos aquí.

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