Medidas para agilizar la creación de empresas
La nueva Ley Crea y Crece recoge una serie de medidas para agilizar la creación de empresas, reduciendo las principales trabas que lastran su crecimiento y maximizando la competencia, la productividad y la creación de empleos de calidad. A continuación analizamos las principales medidas que se llevarán a cabo.
Nuevas medidas para agilizar la creación de empresas
La Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas recogida en el BOE destaca los siguientes puntos.
Modificaciones a la Ley de Sociedades de Capital (LSC)
En el Capítulo II de la Ley de “medidas para agilizar la creación de empresas” nos encontramos con modificaciones a la Ley de Sociedades de Capital (LSC). Entre ellas:
- Nuevo capital mínimo a aportar en las sociedades de responsabilidad limitada. No podrá ser inferior a 1 euro. Mientras no se alcancen los 3.000 euros se aplicarán estas reglas:
- Se destinará a la reserva legal una cifra de al menos el 20% del beneficio hasta que se alcancen los 3.000 euros de capital social.
- Si se liquida y el patrimonio no es suficiente para atender las obligaciones sociales, los socios responderán solidariamente de la diferencia entre los 3.000 euros y el capital suscrito.
- Se suprime el régimen de formación sucesiva. Se elimina la opción de constituir una sociedad en régimen de formación sucesiva. Las que ya lo están podrán modificar sus estatutos aplicando las reglas anteriores. Si no modifican los estatutos se aplicará la disposición transitoria segunda de la ley.
- Se elimina la sociedad limitada nueva empresa: a las que ya están constituidas se aplicarán las disposiciones que regulan la sociedad de responsabilidad limitada. Pero se deroga cualquier referencia a estas sociedades.
Novedades para los notarios
Los notarios deberán informar a quienes creen sociedades sobre los Puntos de Atención al Empleador (PAE), el Centro de Información y Red de Creación de Empresas (CIRCE) y también la constitución de sociedades de responsabilidad limitada. También deberán informar de los costes, plazos y obligaciones.
Los notarios también deberán estar dispuestos a constituir sociedades mediante CIRCE. No podrán negarse bajo este sistema ni el DUE (Documento Único Electrónico), a no ser que tengan una causa justificada.
Mejoras en los sistemas CIRCE Y DUE
Por último, se producen mejoras en ambos sistemas. El poder hacer por fin todo el proceso de constitución e inscripción de la sociedad de manera telemática permite reducir la burocracia, los costes y el tiempo de constitución de una sociedad.
Sin duda, son muy buenas noticias para facilitar la creación de empresas en España. ¿Necesitas ayuda con los trámites?

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