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Novedades Introducidas por el Real Decreto-ley 9/2024

Medidas Urgentes en Materia Económica, Tributaria, de Transporte y de Seguridad Social

El 24 de diciembre de 2024, se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto-ley 9/2024, de 23 de diciembre, que introduce una serie de medidas urgentes en materia económica, tributaria, de transporte y de Seguridad Social. Este decreto también prorroga determinadas medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social. A continuación, se detallan las principales novedades introducidas en cada uno de estos ámbitos.

Medidas Tributarias

Impuesto sobre la renta de personas Físicas (IRPF)

Modificación del límite para presentar la declaración con carácter obligatorio: A partir del 1 de enero de 2025, se eleva a 2.500 euros la cuantía total de los rendimientos íntegros del trabajo procedentes del segundo y restantes pagadores. Esto permite que opere el límite general de 22.000 euros de rendimientos íntegros del trabajo para estar obligado a presentar declaración por este impuesto.

Deducción por obras de mejora de eficiencia energética en viviendas: Se amplía hasta el 31 de diciembre de 2025 el plazo para aplicar la deducción por mejora de la eficiencia energética de viviendas. El certificado de eficiencia energética habilitante para la deducción deberá ser expedido antes del 1 de enero de 2026.

Deducción por adquisición de vehículos eléctricos y puntos de recarga: Se extiende hasta el 31 de diciembre de 2025 la deducción para la adquisición de vehículos eléctricos "enchufables" y de pila de combustible, así como para puntos de recarga.

Límites para la aplicación del método de estimación objetiva: Para el período impositivo 2025, se prorrogan los límites cuantitativos para la aplicación del método de estimación objetiva en el IRPF, excepto para las actividades agrícolas, ganaderas y forestales. Los límites se mantienen en:

  • 250.000 euros para el volumen de ingresos por conjunto de actividades.
  • 125.000 euros para operaciones con obligación de expedir factura a empresarios o profesionales.
  • 250.000 euros para el límite por volumen de compras en bienes y servicios.

Imputación de rentas inmobiliarias: Se fija en el 1,1% el porcentaje para determinar la imputación de rentas en municipios con valores catastrales revisados a partir del 1 de enero de 2012.

Impuesto sobre Sociedades (IS)

Libertad de amortización en inversiones que utilicen energía procedente de fuentes renovables: Se amplía el plazo para aplicar la libertad de amortización en inversiones destinadas al autoconsumo de energía eléctrica y uso térmico de consumo propio, siempre que utilicen energía renovable y sustituyan instalaciones que consuman energía no renovable fósil.

Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)

Límites para la aplicación del régimen simplificado y del régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca: Se prorrogan para 2025 los límites de 150.000 euros para el régimen simplificado y 250.000 euros para el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca. El plazo para presentar renuncias o revocaciones será del 25 de diciembre de 2024 al 31 de enero de 2025.

Medidas en relación con los depósitos fiscales de gasolinas, gasóleos y otros carburantes: Se incluye el gasóleo bonificado en el sistema de gestión de extracciones de depósito fiscal y se rebaja a 550 millones el volumen de extracciones necesario para la calificación de operador confiable.

Otros Impuestos

Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana: Se modifican los coeficientes máximos para determinar la base imponible a partir del 1 de enero de 2025.

Impuesto sobre los Líquidos de Cigarrillos Electrónicos y otros Productos relacionados con el Tabaco: Se retrasa al 1 de abril de 2025 la entrada en vigor del impuesto y se establece un procedimiento de información en materia de reglamentaciones técnicas.

Impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras (IMICEF): Se modifican aspectos técnicos del IMICEF con efectos para los periodos impositivos que se inicien desde el 1 de enero de 2024.

Impuesto sobre Actividades Económicas: Se incluye a los artistas de Arte Sacro en el grupo 861 de la sección segunda de las tarifas del impuesto, con una cuota de 115 euros.

Otras Cuestiones: Se establece el régimen fiscal aplicable a las finales de la "UEFA Champions League Femenina 2024" y de la "UEFA Europa League 2025".

Medidas Laborales y de Seguridad Social

Límite máximo para la percepción de pensiones públicas: Hasta la aprobación de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2025, el límite máximo para la percepción de pensiones públicas será de 3.267,60 euros mensuales o 45.746,40 euros anuales.

Revalorización de prestaciones: Las pensiones contributivas y las del Régimen Especial de Clases Pasivas del Estado se revalorizarán en un 2,8% en 2025. El complemento de pensiones para la reducción de brecha de género será de 35,90 euros mensuales. Las pensiones no contributivas tendrán un importe anual de 7.905,80 euros.

Bases de cotización: Las bases mínimas de cotización se incrementarán automáticamente en el mismo porcentaje que el salario mínimo interprofesional incrementado en un sexto. Las bases máximas se fijarán aplicando el porcentaje de revalorización de pensiones más 1.2 puntos porcentuales.

Cotización al Mecanismo de Equidad Intergeneracional: La cotización será de 0,80 puntos porcentuales, distribuidos entre empresa (0,67%) y trabajador (0,13%).

Pluriactividad de trabajadores autónomos: Los trabajadores autónomos en régimen de pluriactividad tendrán derecho al reintegro del 50% del exceso de cotizaciones por contingencias comunes que superen 16.672,66 euros, con un tope del 50% de las cuotas ingresadas.

Exenciones en la cotización en expedientes de regulación temporal de empleo: Las exenciones estarán condicionadas al mantenimiento del empleo durante un mínimo de seis meses y un máximo de dos años. El incumplimiento de este compromiso implicará el reintegro de las cotizaciones exoneradas.

Prórroga del salario mínimo interprofesional: Se prorroga la vigencia del Real Decreto 145/2024, de 6 de febrero, hasta la aprobación del nuevo salario mínimo interprofesional para 2025.

Prórroga de expedientes de regulación temporal de empleo en Canarias: Se prorrogan los expedientes de regulación temporal de empleo y el pago de cuotas de la Seguridad Social para empresas y trabajadores afectados por la erupción volcánica en Cumbre Vieja.

Medidas Civiles

Suspensión de desahucios: Se amplía hasta el 31 de diciembre de 2025 la posibilidad de que el arrendatario solicite la suspensión de su desahucio por vulnerabilidad económica. El juez podrá suspender de oficio los desahucios de ocupantes sin título jurídico en situación de vulnerabilidad.

Medidas Mercantiles

Prórroga de la moratoria societaria: Se amplía hasta el cierre del ejercicio que se inicie en 2026 la suspensión de la causa de disolución por pérdidas, permitiendo excluir las pérdidas de 2020 y 2021 del cómputo para determinar la concurrencia de la causa de disolución.

Medidas en Materia de Derecho Digital

Ampliación de competencias de la CNMC: Se modifica la Ley 3/2013 para ampliar las competencias de la CNMC, designándola como Coordinador de Servicios Digitales en cumplimiento del Reglamento (UE) 2022/2065. Se crea una nueva Dirección de Servicios Digitales para asumir las facultades de supervisión, investigación y sanción.

Modificación de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico: Se adaptan determinados artículos de la Ley 34/2002 para cumplir con el Reglamento europeo relativo a un mercado único de servicios digitales.


Este artículo proporciona una visión detallada de las medidas introducidas por el Real Decreto-ley 9/2024, de 23 de diciembre, abarcando los ámbitos económico, tributario, de transporte y de Seguridad Social, así como otras áreas relevantes.

Conclusión y Recomendación

En conclusión, el Real Decreto-ley 9/2024, de 23 de diciembre, introduce una serie de cambios importantes que afectan diversos aspectos económicos, tributarios, de transporte y de Seguridad Social. Estos cambios pueden tener un impacto significativo en su situación personal y profesional, por lo que es esencial estar bien informado y preparado para adaptarse a las nuevas normativas.

Para asegurar que usted comprende y aplica correctamente todas las modificaciones introducidas por este decreto ley, le recomendamos contar con el apoyo de un experto en la materia. Clemente Rueda ofrece servicios de asesoría especializados que le ayudarán a navegar a través de estos cambios con confianza y seguridad. Su experiencia y conocimiento en el ámbito tributario y de la Seguridad Social le proporcionarán la orientación necesaria para cumplir con todas las obligaciones legales y aprovechar al máximo las oportunidades que estas nuevas medidas pueden ofrecerle.

No dude en ponerse en contacto con Clemente Rueda para recibir una asesoría personalizada y asegurarse de que está tomando las decisiones más informadas y beneficiosas para su situación.

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