Aplazamiento y fraccionamiento de deudas tributarias 2023
La Ley 16/2022, de 5 de septiembre, de reforma del texto refundido de la Ley Concursal incorpora una disposición adicional relativa a los aplazamientos y fraccionamientos de deudas tributarias por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, con el que se complementa la regulación de la Ley General Tributaria al respecto y se eleva a rango legal la exención de la obligación de aportar garantías hasta 30.000 euros.
Los plazos máximos de los aplazamientos y fraccionamientos de deudas recaudadas por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en período voluntario o ejecutivo se han reducido, estableciendo que los acuerdos de concesión que se dicten tendrán plazos con cuotas iguales y vencimientos mensuales.
Los plazos de fraccionamiento máximos serán los siguientes: El plazo es desde la finalización del plazo de pago en periodo voluntario original.
- Con aval o certificado de seguro de caución: 9 meses (hasta ahora, 36 meses).
- Otras garantías: 6 meses (hasta ahora, 24 meses).
- Dispensa de garantías: 12 meses (igual que hasta ahora).
También se reconoce por ley la no necesidad de aportar garantías si la deuda total aplazada no supera los 30.000 euros. En estos casos, los aplazamientos serán de hasta 6 meses en todos los casos (hasta ahora, para personas físicas, el plazo era de hasta 12 meses).

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