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Actualización Orden de Cotización 2023

10
Oct, 2023

¿Acabas de recibir una notificación de la TGSS en relación a los cambios en tus cotizaciones para este 2023? Según informa en el BNR 5/2023 de 31 de marzo de 2023, la Tesorería General de la Seguridad Social llevará a cabo una actualización masiva de todas las liquidaciones afectadas por las modificaciones introducidas por la Orden PCM/313/2023, de 30 de marzo. Si te ha llegado el aviso, esto te interesa, infórmate en nuestra asesoría laboral.

Cotizaciones para 2023: novedades

Este proceso de actualización de la orden de cotización se iniciará con las liquidaciones de cuotas presentadas en febrero de 2023 (correspondientes a enero de 2023) y continuará con las de marzo de 2023 (febrero de 2023).

Una vez que la Tesorería actualice la liquidación, los usuarios recibirán un archivo que indica la rectificación de la liquidación, junto con la Lista de Trabajadores de la liquidación corregida y el Documento de Cálculo de la nueva liquidación.

Estos archivos se enviarán incluso si la rectificación de la liquidación tiene el mismo importe que la liquidación original. Si, como resultado de la actualización, el importe es mayor que el original y debe realizarse un pago adicional, se podrá obtener el documento de pago TC1/31 mediante el Servicio de "consulta y obtención de recibos fuera de plazo" en la oficina virtual del sistema RED.

Debido al volumen de registros, el TC1/31 estará disponible a partir del séptimo día después de recibir el aviso de actualización.

¿Cuál es el plazo para abonar la diferencia?

El plazo para pagar las diferencias de cotización resultantes de las modificaciones efectuadas por esta orden se realizará de acuerdo con la Disposición Transitoria Única de la Orden PCM/313/2023. Las diferencias de cotización podrán pagarse sin recargo hasta el último día del mes siguiente a la comunicación de la actualización de las liquidaciones de cuotas afectadas.

En caso de que se hayan presentado liquidaciones complementarias para cumplir con la DT 1ª de la Orden PCM/74/2023 antes de realizar el pago de las diferencias mediante el boletín TC1/31, se deberá regularizar la situación presentando un caso CASIA con la catalogación correspondiente.

¿Tienes dudas con este trámite? Nosotros te ayudamos

En Clemente Rueda te ayudamos con este trámite. Contacta con nosotros y te atenderemos encantados. ¿Hablamos? 

Campaña de comunicación de Datos para Trabajadores RETA 

Si eres autónomo societario, es posible que hayas recibido una notificación por parte de la Seguridad Social para actualizar ciertos datos que afectan únicamente a los autónomos societarios en relación al nuevo sistema de cuotas. Si no sabes cómo gestionarlo, no te preocupes, te contamos todo lo que tienes que hacer.

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Nueva campaña de comunicación de datos para autónomos R.D. 504/2022

El 1 de enero de 2023 se implementó el nuevo sistema de cotización para trabajadores autónomos en función de sus ingresos reales. El nuevo sistema de cotización para autónomos calcula las cotizaciones en función de los ingresos netos obtenidos por el autónomo (rendimientos netos).

En el caso de autónomos que forman parte de sociedades, el cálculo de los rendimientos es un poco más complejo. En este caso, se deben tener en cuenta los rendimientos económicos obtenidos de la sociedad, los ingresos laborales de su trabajo en la empresa y los ingresos generados por su actividad económica personal.

Además, se deben considerar todos los rendimientos completos de trabajo o capital mobiliario, tanto en efectivo como en concepto de salario en especie, derivados de su condición de socio. Por lo que, de salida, es un tema más complejo que en el caso del autónomo a secas.

Para cumplir con este nuevo cálculo de cotizaciones y en cumplimiento con el Real Decreto 504/2022 del 27 de junio, la Seguridad Social ha realizado modificaciones en el artículo 30.2.b del Reglamento General sobre inscripción de empresas y afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores en la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 84/1996 del 26 de enero.

Estos cambios tienen como objetivo recopilar información adicional sobre las sociedades a las que pertenecen los trabajadores autónomos en roles como administradores, apoderados, gerentes, socios u otras funciones que generen ingresos de la empresa para el trabajador autónomo.

¿Es obligatorio presentar esta información? ¿Qué plazo hay?

Si eres autónomo societario, la presentación de esta información es obligatoria y debe realizarse antes del 31 de octubre de 2023.

¿Cómo se presenta?

En el caso de tener que presentar esta información, es posible que recibas un email de la TGSS con las instrucciones a seguir en función de la situación del destinatario. Recuerda que lo puedes realizar con certificado digital o a través de tu autorizado RED.

Recuerda que en nuestra asesoría para autónomos podemos presentar esta información por ti, para que no tengas que preocuparte por nada y te quedes más tranquilo. ¿Tienes alguna otra duda? Podemos ayudarte.

Ley 13/2023. Hacienda te puede pedir la contabilidad de tu negocio

Con la Ley 13/2023 ha llegado un importante cambio que ha pasado completamente desapercibido, pero nosotros queremos informarte de ello. La novedad, es que ahora Hacienda puede solicitar en cualquier momento la contabilidad de tu negocio. ¿Cómo es esto posible? Te lo contamos a continuación.

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Ley 13/2023 y cambios en la comprobación limitada

Desde el 26 de mayo de 2023, la Administración tributaria tiene la capacidad de solicitar la contabilidad de una empresa en el marco de un procedimiento de comprobación limitada, algo que anteriormente requería la apertura de un procedimiento de inspección.

Otra novedad dentro de este mismo procedimiento, es que se ha ampliado la documentación que la Administración puede requerir a terceros para verificar la veracidad de la información que ya posee.

Este cambio en el procedimiento de comprobación limitada se introduce a través de la Ley 13/2023, de 24 de mayo, que modifica la Ley General Tributaria y otras normas tributarias para incorporar la Directiva (UE) 2021/514 sobre cooperación administrativa en el ámbito de la fiscalidad, entre otros cambios significativos.

Hasta el 25 de mayo de 2023, el artículo 136 de la Ley General Tributaria excluía el examen de la documentación contable dentro del alcance de la comprobación limitada, a menos que fuera proporcionada voluntariamente por el contribuyente. Esto significaba que solicitar los libros contables en un procedimiento de gestión tributaria era considerado como una extralimitación por parte de la Administración.

Sin embargo, a partir de esta fecha, la Administración tributaria puede examinar la contabilidad a través de los libros originales en el lugar de trabajo del contribuyente o solicitando copias de la contabilidad en cualquier formato para su análisis en las oficinas de la Administración tributaria.

Este examen se limitará a verificar la coincidencia entre la contabilidad y la información en poder de la Administración tributaria.

Además, la Administración tributaria ahora puede contactar con terceros para que proporcionen cierta información o documentación con el fin de verificar la veracidad de la información que ya posee, excepto en lo que respecta a movimientos financieros.

Según los expertos, con este movimiento se busca mejorar la efectividad del procedimiento. ¿Qué opinas? ¿Lo ves bien? Si tienes dudas, recuerda que nuestro equipo de asesores estará encantado de atenderte.

Obligaciones laborales

Las empresas tienen una serie de obligaciones laborales que deben cumplir. Entra dentro de lo que se conoce como Compliance laboral, donde se recogen una serie de medidas que son de obligado cumplimiento para las empresas y que pueden acarrear importantes sanciones administrativas en caso de incumplimiento.

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Compliance laboral | Conoce las obligaciones laborales de las empresas

¿Qué es el compliance laboral?

El compliance laboral se refiere a implementar ciertas políticas en una empresa para asegurar el cumplimiento de la normativa laboral y prevenir posibles sanciones.

El compliance laboral tiene tres funciones principales:

  • Garantizar que la empresa cumple con la normativa laboral vigente.
  • Reducir el riesgo de que la empresa cometa irregularidades que puedan dar lugar a multas.
  • Promover buenas prácticas laborales, incluso más allá de lo que exige la normativa.

Tabla con las obligaciones y sanciones

En la siguiente tabla te mostramos un resumen de las obligaciones laborales que tienen las empresas, a qué tipo de empresa o pyme afecta y la posible sanción económica en caso de incumplimiento:

OBLIGACIÓN

¿A QUIÉN AFECTA?

SANCIÓN (€)

Registro horario

A todas las empresas

De 751 a 225.018 €

Registro retributivo

A todas las empresas

De 751 a 225.018 €

Protocolo de acoso

A todas las empresas

De 751 a 225.018 €

Protocolo de desconexión digital

A todas las empresas

De 751 a 7.500 €. Hasta 984.000 € por falta de medidas preventivas

Plan de igualdad

50 personas en plantilla

De 751 a 225.018 €

Auditoría retributiva

50 personas en plantilla

De 751 a 225.018 €

Canal de denuncias

50 personas en plantilla

De 100.000 hasta 1.000.000 €

Prevención de riesgos laborales / Evaluaciones y medidas

A todas las empresas

Hasta 984.000 euros

¿Cómo implantar el compliance laboral en tu organización?

Para implementarlo, se puede adoptar un modelo GRC (Gobierno, Riesgos y Cumplimiento). Este enfoque permite integrar todas las funciones, gestionar los riesgos y establecer las responsabilidades de cumplimiento.

Es primordial llevar a cabo una evaluación periódica del cumplimiento para asegurarse de que las medidas implementadas funcionan. También se debe medir la eficacia de las medidas existentes y/o desarrollar nuevas estrategias en caso de ser necesario.

¿Necesitas ayuda para cumplir con las obligaciones laborales de tu negocio?

En el momento en el que emprendes, es normal tener dudas. En nuestra asesoría en Valladolid Clemente Rueda y Asociados te asesoramos y te guiamos desde el principio, para que puedas garantizar el cumplimiento de todas estas obligaciones laborales y así evitar posibles sanciones.

¿Te ha quedado alguna duda? Pregúntanos sin compromiso.

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