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¿Qué es la 'legítima' en la herencia?

20
Ago, 2025

La herencia es un terreno que suele generar dudas y, a veces, conflictos. Una pieza clave del derecho sucesorio español es la legítima, una figura que garantiza que ciertos familiares reciban, de forma obligatoria, una porción mínima del patrimonio del fallecido.

A continuación te explicamos, de manera clara y actualizada a 2025, en qué consiste, cómo se calcula y qué matices existen según la comunidad autónoma.

¿Qué es la legítima?

La legítima es la parte de la herencia que la ley reserva obligatoriamente a determinados familiares, llamados herederos forzosos. Aunque exista testamento, esa porción no puede desconocerse salvo en supuestos excepcionales de desheredación justificada.

Son herederos forzosos, con carácter general, los descendientes (hijos, nietos), los ascendientes (padres, abuelos) cuando no hay descendientes, y el cónyuge viudo en los términos que fija la ley.

¿Cómo se reparte la legítima en el Código Civil común?

En la mayor parte de España, cuando hay descendientes, la herencia se concibe en tres tercios.

  1. El tercio de legítima estricta se reparte necesariamente a partes iguales entre todos los hijos o, en su caso, los descendientes que les representen.
  2. El tercio de mejora puede destinarse a uno o varios descendientes, permitiendo al testador favorecer a quienes considere oportuno.
  3. El tercio de libre disposición puede atribuirse a cualquier persona o entidad, sin limitaciones específicas.

Si no hay descendientes, la legítima corresponde a los ascendientes, normalmente en la mitad de la herencia, reduciéndose a un tercio si concurre el cónyuge viudo. En ausencia de descendientes y ascendientes no existe legítima y el testador puede disponer libremente de todo su patrimonio.

Diferencias en comunidades autónomas con derecho foral

En Cataluña y Galicia la legítima equivale, con carácter general, a una cuarta parte del caudal, con reglas propias de cómputo y reparto.

En Aragón se reserva el cincuenta por ciento del caudal, con un margen de configuración más amplio sobre a quién favorecer.

En Baleares la cuantía puede alcanzar el cincuenta por ciento en determinados supuestos, como cuando existen más de cuatro descendientes.

Navarra constituye un caso singular en el que no existe legítima en sentido estricto, lo que otorga al causante una libertad prácticamente plena para ordenar su sucesión.

Novedades recientes: las donaciones en vida cuentan

En 2025 la doctrina jurisprudencial ha reiterado que las donaciones realizadas en vida deben tenerse en cuenta al calcular la legítima. Aunque en la escritura de donación se hubiera pactado la dispensa de colación, esas atribuciones se computan para evitar que se perjudique a los legitimarios restantes.

¿Qué ocurre si no se respeta la legítima?

El legitimario que reciba menos de lo que le corresponde puede ejercitar la acción de complemento de legítima. Mediante esta vía, se reajusta la partición para que la porción protegida por la ley quede íntegramente cubierta, con las devoluciones o compensaciones que procedan.

Ejemplo práctico

Imaginemos un caudal hereditario de 300.000 euros en 2025 y dos hijos como descendientes.

  1. Del tercio de legítima estricta, 100.000 euros, 50.000 corresponderían a cada hijo por partes iguales.
  2. Del tercio de mejora, 100.000 euros, el testador podría atribuir todo a uno de los hijos si así lo desea.
  3. Del tercio de libre disposición, 100.000 euros, el testador podría dejarlo a una persona ajena a la familia o a una entidad benéfica. En este ejemplo, el hijo favorecido por la mejora recibiría 150.000 euros, el otro 50.000 euros y la entidad designada 100.000 euros.

Conclusión

La legítima busca proteger a los familiares más próximos y garantizar un mínimo de equilibrio en el reparto, sin impedir totalmente la libertad de testar.

Como cada sucesión puede presentar particularidades relevantes —donaciones previas, deudas, bienes indivisibles, regímenes forales o vecindad civil— resulta aconsejable planificar con antelación y contar con asesoramiento especializado.

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